¿Qué tan conveniente es una Acusación Constitucional?

Acusación Constitucional
Foto emol. En la fotografía se muestra cómo se votó en la Cámara de Diputados la acusación constitucional en contra de Andrés Chadwick.

La pasada tarde del viernes 9 de octubre, del presente año, la oposición presentó la novena Acusación Constitucional durante el segundo Gobierno de Sebastián Piñera, esta vez en contra del actual ministro del Interior, Víctor Pérez, por “vulneración a la carta fundamental”.

En paralelo, el ex  ministro de Salud, Jaime Mañalich, vive horas claves a la espera de lo que sucederá el próximo martes 13 de octubre cuando la Cámara de Diputados tenga que aprobar o rechazar una acusación en contra de él.

Cabe señalar que si bien se encuentran en estos momentos dos acusaciones constitucionales en “trámite”,  sólo una de las siete ha sido aprobada por el Congreso: en 2019 y  en contra del ex ministro del Interior, Andrés Chadwick.

Ante este  panorama en que, mayormente, la oposición ha liderado estas acusaciones constitucionales, nos lleva a preguntarnos ¿Qué tan convenientes son?

Tenemos un sistema político que tal vez está viviendo sus últimos momentos tal cual lo conocemos previo a un Plebiscito que podría cambiar todo este escenario en donde en esta oportunidad la forma de llevar a cabo una acusación constitucional también podría modificarse.

Entre las nueve acusaciones constitucionales, considero que la más simbólica para nuestro país y en la cual se esperaba con mayores ansias por parte de la ciudadanía fue aquella en contra de la cuestionada jueza Silvana Donoso.

Aquel caso reflejó lo que es la política chilena: un juego de empate político. A raíz de la gran indignación que generó el sistema judicial chileno que a través de un sinfín de negligencias otorgó libertad a Hugo Bustamente, un asesino que no cumplió todo el período correspondiente en prisión, terminó por violar y asesinar a Ámbar Cornejo, a sangre fría, en su libertad condicional.

La sociedad harta de funcionarios públicos que realizan mal su trabajo esperaba un guiño por parte del Congreso ante situaciones ocurridas como el asesino de la joven de Villa Alemana en donde la burocracia y la indiferencia del sistema judicial quedo a manifiesto cuando se dio a conocer en la prensa que ni siquiera se molestaban en revisar los expedientes de los carcelarios para corroborar efectivamente si eran merecedores de al menos una reducción de su pena.

El trasfondo político de este caso es que la oposición acusó al oficialismo  de querer aprovechar el asesinato de la adolescente con fines populistas, en un momento en que la derecha intenta aferrarse en algo con la intención de salir a flote para no hundirse más  después de aquel Estallido Social que lo mantuvo con el agua al cuello.

En aquella votación para acusar a la jueza Silvana Donoso si bien en la Cámara de Diputados se aprobó la acusación, fue en el senado que la izquierda castigó a la derecha votando por amplia mayoría la negativa de seguir acusando a la ministra, excusándose que Donoso no era realmente la culpable sino el mismo oficialismo por no haber apoyado en el pasado un cambio al sistema judicial.

Lo anterior no fue bien tomado por la opinión pública, a pesar de las incontables marchas a nivel nacional, el pueblo chileno nuevamente se sintió defraudado por un sistema político que muchos han expresado que no representa a la ciudadanía.

La política perdió una oportunidad de oro tras este resultado y ahora, como nunca, se encuentran dos acusaciones constitucionales en trámite que para muchos ya es considerado como un “tongo” político de la izquierda, que se llena de memes, burlas y con razón.

Desde el rápido análisis, si bien el ministro Jaime Mañalich puede ser cuestionado por ocultar información,  modificar resultados, por su lenguaje político (muy torpe) y ser considerado uno de los culpables de los altos índices de contagios en nuestro país, pareciera ser que aquella acusación constitucional no llegará a buen puerto.

Por otro lado, Víctor Pérez, quien apenas lleva un par de meses como el nuevo ministro del Interior,  a quien la oposición desea acusar por sus acciones en la Araucanía a poco tiempo de haber asumido esta importante cartera y lo que aconteció con el joven que cayó al río Mapocho, no se le puede atribuir (como pretende la oposición) lo realizado por Gonzalo Blumel, ex ministro del Interior, lo que afectaría el resultado a favor de una posible acusación.

Este tipo de actos por parte de la izquierda de nuestro país con el tiempo ha ido generando en la opinión pública que las acusaciones constitucionales pierdan valor y fuerza, no por los líberos (capítulos acusatorios) per se, sino porque al final terminan siendo rechazadas prácticamente todas y se convierte en un “lavado de imagen” para el acusado, cuando pareciera ser culpable desde lo moral, aunque en nada queda.

Existe un cansancio generalizado y un des conformismo ante este tipo de acciones en que para que un funcionario público que es considerado para ser removido de su cargo, ya sea por notable abandono de deberes como comienza titulándose en la prensa y luego cambia la naturaleza del líbelo, deba pasar por una “cuestión previa”, luego por la Cámara de Diputados y finalmente por la Cámara de Senadores, instancias que van prolongando un desenlace que ya se anticipa en los medios de comunicación que será rechazada, resulta vergonzosa y agotadora.

Para cerrar este artículo los invito a mirar el cuadro (resumido) de abajo para que vean las nueve acusaciones constitucionales que se han realizado a lo largo del segundo mandato de Sebastián Piñera y como idea final, no hay peor castigo que la condena social, porque una acusación constitucional pareciera poco y nada doler a los cuestionados funcionarios públicos.

 

Acusación a:

Líbelo:

Año:

 

1

Emilio Santelices, ex ministro de Salud

Haber infringido la Constitución y las leyes, o dejar estas sin ejecución, al vulnerar el principio de juridicidad, con la dictación del protocolo de objeción de conciencia relativo a la Ley de Aborto en tres causales (…) y por haber obviado el carácter de excepcionalidad de la objeción de conciencia.

2018

Rechazada:

81 votos a favor, 60 en contra y 1 abstención. (Cuestión Previa)

2

3 ministros de la Corte Suprema: Hugo Dolmestch, Carlos Kunsemuller y Manuel A. Valderrama.

Haber faltado de manera grave o notable al deber de realizar un control de convencionalidad tras dejar en libertad condicional a condenados por delitos de lesa humanidad  y haber facilitado la impunidad de los crímenes de lesa humanidad.

2018

Rechazada:

64 votos a favor, 73 en contra.(Cámara de Diputados)

3

Marcela Cubillos, ex ministra de Educación.

Faltar a la verdad y cometer faltas a la probidad, queriendo transmitir su visión del Sistema de Admisión Escolar a los apoderados. Envío masivo de correos a padres y apoderados para promocionar la iniciativa mencionada. Dejar sin aplicación la ley, al dilatar el nombramiento de autoridades. No actuar conforme a los deberes legales, así como realizar tardíamente las acciones necesarias para corregir la inejecución presupuestaria que incurrió la Dirección de Educación. Vulnerabilidad del principio de igualdad en torno a las problemáticas por el no pago de menciones a las educadores diferenciales.

2019

Rechazada:

73 votos a favor,  77 en contra, 2 abstenciones.

(Cámara de Diputados)

4

Andrés Chadwick, ex ministro del Interior.

El primer capítulo acusó una2019 grave vulneración a la constitución y las leyes (…) en orden a defender el derecho fundamental a la vida, a la integridad física y psíquica. (2) Tras el 18 de octubre se sobrepasaron los límites de otros derechos fundamentales.

2019

Aprobada:

1-79 votos a favor, 70 en contra, 1 abstención.

(Cámara de Diputados).

2-23 votos a favor, 18 en contra.

(Cámara de Senadores)

3-Se rechazó la “cuestión previa”.

5

Sebastián Piñera, Presidente de Chile.

La vulneración de los derechos humanos de la ciudadanía durante las manifestaciones del 18 de octubre. Haber infringido abiertamente la constitución y las leyes al consentir que las FFAA cometieran violaciones a los derechos humanos de manera sistemática y generalizada.

2019

Rechazada:

79 votos a favor, 73 en contra.

(Cuestión Previa)

6

Felipe Guevara, Intendente Región Metropolitana.

Haber infringido la constitución política de la República en sus art. 6 y 7, los art. 19 n12 inciso primero y 13, ambos en relación con el inciso segundo del art.5, entre las normas constitucionales infringidas. Ello, en razón de s estrategia de copamiento de la plaza Italia (que) transgredió de manera flagrante la constitución y puso en peligro la integridad de los manifestantes.

 

 

 

2020

Rechazada:

(1)Aprobada en la Cámara de Diputados por 74 votos a favor, 71 en contra.

(2)Por falta de Quórum, rechazada en la Cámara de Senadores, con 18 votos a favor, 15 en contra, 2 abstenciones.

7

Silvana Donoso, Jueza de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Acusación tuvo dos capítulos. El primero apuntó un notable abandono de deberes, mientras el segundo planteó una transgresión de tratados internacionales relativos a la vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes, luego de que la jueza presidiera la comisión que en 2016 otorgó la libertad condicional a 788 reos, entre ellos Hugo Bustamante.

 

 

2020

Rechazada:

(1)Aprobada en la Cámara de Diputados por 73 votos a favor, 52 en contra y 15  abstenciones.

(2)Por falta de Quórum, rechazada en la Cámara de Senadores, con 8 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones.

8

Jaime Mañalich, ex ministro de Salud.

Por su manejo frente a la pandemia del coronavirus. Vulnerar gravemente los derechos constitucionales a la vida e integridad física y psíquica de miles de personas de la república, infringiendo el art. 19 N1 y N9 de la constitución y de los art. 1.1 y 4 de la Convención Americana sobre DDHH, ellos en relación al art. 5 inciso segundo del texto constitucional.

2020

En Trámite

9

Víctor Pérez, ministro del Interior.

Haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público. Haber infringido la constitución o las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley. Haber dejado de ejecutar las leyes, al no ejercer control jerárquico correspondiente sobre órganos sometidos a su dependencia.

2020

En Trámite

 

Domingo, 11 de Octubre 2020

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